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año:2004
 
institución:MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PÁGINA 4 R-DAGJ-712-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas del dieciséis de noviembre de dos mil cuatro.--------------------------------- Diligencias de adición y aclaración de la Resolución de este Despacho R-DAGJ-668-2004 de las doce horas del primero de noviembre del dos mil cuatro, incoadas por la MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE.--------------------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I- Que esta Contraloría General dictó su resolución R-DAGJ-668-2004 mediante la cual se anuló de oficio el procedimiento de la licitación pública 1-2004, promovida por la Municipalidad de Aguirre, tendente a la concesión para la explotación de terrenos e instalaciones del paradero turístico Nahomi y terrenos contiguos al paradero en Quepos interpuesto por la HACIENDA GRANDE HGH, S.A.--------------------------------------------------------------------------------------------- II- Que la Municipalidad de Aguirre, mediante fax presentado el 9 de noviembre de 2004, interpuso gestión de adición y aclaración, donde solicita que se aclare o adicione lo siguiente: “(...) 1- Mediante el Convenio del ICT – Municipalidad del 29 de abril de 1986, adjuntado por segunda vez en la Audiencia Final y Especial, se declaró Paradero Turístico a Nahomi y señalándose el establecimiento de un Proyecto de Desarrollo Turístico con recursos del Estado debidamente aprobados por la Contraloría General de la República./ Que se aclare y adicione: Es o no dicho Convenio una declaratoria de “aptitud turística” por parte del ICT en el pleno de sus facultades conferidas por ley?/ 2- En al página 9, cuando se invoca el Dictamen de la Procuraduría General de la República C-123-96: “…no se ha dado la declaratoria de zona turística o no turística, o no se ha demarcado la zona pública o no exista plan regulador…”/ Que se aclare y adicione: La unión de las tres oraciones es una “o” y n ...
Fecha publicación: 20/11/2004
Fecha emisión: 17/11/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: OTROS


PAGE 10 R-DAGJ-668-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las doce horas del primero de noviembre de dos mil cuatro.----------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por la Hacienda Grande HGH, S.A. en contra del acto de adjudicación de la Licitación pública 1-2004 promovida por la Municipalidad de Aguirre, para la explotación de terrenos e instalaciones del paradero turístico Nahomi y terrenos contiguos al paradero en Quepos, recaído a favor de Punta Dominical, S.A., por un valor de ¢987.000.000,00.-- RESULTANDO I.-Hacienda Grande HGH, S.A. presentó recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la referida licitación e indicó que el Concejo Municipal en sesión extraordinaria 160, celebrada el 14 de junio de 2004 adjudicó esta licitación pública a Punta Dominical, S.A., con base en la recomendación técnica de la Comisión Evaluadora de las ofertas, la cual descalificó técnicamente la oferta apelante al señalarle una serie de incumplimientos técnicos, que en su criterio no son ciertos.- II.-Mediante auto de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de las quince horas del cinco de agosto de dos mil cuatro, se confirió audiencia inicial a la Administración y a la adjudicataria, con el objeto de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a los alegatos de la firma apelante y para que ofrecieran o aportaran la prueba que estimara procedente.-------------------- III.-La Municipalidad atendió extemporáneamente dicha audiencia y la adjudicataria, contestó en el plazo conferido la audiencia inicial.-------------------------------------------------------------------------- IV.-Mediante auto de las diez horas del veintiuno de setiembre de dos mil cuatro, la División de Asesoría y Gestión Jurídica solicitó criterio técnico al Instituto Geográfico Nacional, el cual rindió el dictamen mediante oficio 2004131 de 22 de setiembre de 2004. Del criterio ante ...
Fecha publicación: 06/11/2004
Fecha emisión: 03/11/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PÁGINA 5 R-DAGJ-631-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del día quince de octubre de dos mil cuatro.---------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Maderas El Almendro, Navarro y Campos S. A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación por Registro 01-2004 promovida por la Municipalidad de Aguirre para el alquiler de maquinaria para los caminos C6-06-14 Santo Domingo a Silencio, recaída a favor de Transportes Jiménez y Mora S. A., por un monto de ¢13.199.000,00.------------ RESULTANDO I.-Maderas El Almendro, Navarro y Campos S. A. interpuso recurso de apelación contra el acto de adjudicación referido y señaló que la adjudicataria sobrepasa el límite de subcontratación por cuanto uno de los vehículos que dice ser de su propiedad no lo es (véase expediente de apelación).-- II- Mediante auto de las catorce horas del diecinueve de agosto de dos mil cuatro, se confirió audiencia inicial a la Municipalidad de Aguirre y a la adjudicataria, con el objeto de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a las alegaciones de la apelante y para que ofrecieran las pruebas que consideraran oportunas (véase expediente de apelación).--------------- III- Mediante escrito presentado extemporáneamente ante la División de Asesoría y Gestión Jurídica al Municipalidad refutó los argumentos expuestos por la apelante y solicitó el rechazo del recurso de apelación por considerarlo inelegible e improcente (véase expediente de apelación).------ IV- La adjudicataria, Transportes Jiménez y Mora S. A., contestó la audiencia manifestó su oposición con el alegato vertido por la apelante; además, solicitó rechazar por improcedente el recurso de apelación interpuesto (véase expediente de apelación).------------------------------------------ V- Mediante auto de las diez horas con treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil cuatro se confirió audiencia ...
Fecha publicación: 18/10/2004
Fecha emisión: 15/10/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa 2 Área De Servicios Municipales Lic. Alex Contreras Serrano 31 de agosto, 2004 Al contestar refiérase al oficio No. 10235 31 de agosto, 2004 FOE-SM-1983 Licenciado Alex Max Contreras Serrano Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE Puntarenas Estimado señor: Asunto: Aprobación del ajuste general de salarios de 6.26% a partir del 01 de julio de 2004 para los funcionarios de la Municipalidad de Aguirre. En relación con su oficio de fecha 25 de agosto de 2004, mediante el cual remite el acuerdo del Concejo Municipal, en el que se aprueba el aumento general de salario del 6.26% a la base a partir del 01 de julio de 2004 se le informa: 1. Se aprueba la aplicación del contenido presupuestario para: 1.1. El aumento general de 6.26% sobre el salario base, a partir del 01 de julio de 2004, con fundamento en los dispuesto en el artículo 100 del Código Municipal vigente y el convenio simple suscrito entre el representante de los trabajadores y la administración de esa Municipalidad el 26 de julio del año en curso. El correcto cálculo y pago de los reconocimientos a cada uno de los funcionarios, queda a entera responsabilidad de esa Corporación. Dicho contenido, proviene de la reserva salarial del 10% incluido en el presupuesto ordinario del presente año, en la subpartida de “Sueldos Fijos”, la cual deben reforzar en el próximo documento presupuestario, para cubrir el faltante de un 1.56% en los aumentos aplicados. 1.2. El salario mensual del Alcalde Municipal, por la suma de ¢836.481,87, el cual está calculado con base al mayor pagado. 2. Para la presentación de futuros documentos presupuestarios que consideren aumentos salariales, en la columna de “Monto Presupuestado”, se debe incluir el total que genera el incremento y no el total del salario propuesto como se refleja. Por ejemplo para el caso del ...
Fecha publicación: 02/09/2004
Fecha emisión: 30/08/2004
Documento: 10235-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales PAGE División de Fiscalización Operativa y evaluativa Área de Servicios Municipales 2 Lic. Rólger Vega Salas 22 de setiembre, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 9877 22 de setiembre, 2004 FOE-SM-1922 Licenciado Rólger Vega Salas Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE Puntarenas Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio sobre pérdida en fondos de inversión en dólares del sector público. Nos referimos a su oficio Nro. CGR-AI-008-2004 mediante el cual solicita el criterio de esta Oficina en relación con la forma en que debe contabilizarse la pérdida en fondos de inversión en dólares del sector público, así como la forma en que deben presentarse en el presupuesto y en los informes de ejecución presupuestaria de la institución, además de las responsabilidades que esas pérdidas conllevan. Al respecto, le indicamos que esta Oficina únicamente atiende consultas relacionadas con el ámbito de su competencia y que no correspondan a casos particulares, como los planteados en esta oportunidad sobre tratamiento contable y responsabilidades, por lo que es a la administración a la que le corresponde evaluar cada situación y tomar, bajo su responsabilidad, las decisiones que considere pertinentes. En ese sentido en cuanto a la preocupación que se manifiesta sobre el establecimiento de responsabilidades por la pérdida incurrida, le recordamos que es a esa administración a la que le corresponde analizar el caso particular para determinar si la situación planteada se dio al margen de las disposiciones legales vigentes en materia de inversiones, y en caso de que así sea, deberá girar las instrucciones necesarias para que se siga el procedimiento administrativo que corresponda y con estricta observancia de los principios de verdad real, debido proceso y defensa previa, para determinar los responsables de la situación planteada y actuar conforme con la normativa pertinent ...
Fecha publicación: 26/08/2004
Fecha emisión: 23/08/2004
Documento: 09877-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


PAGE 2 R-DAGJ-498-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las quince horas con treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil cuatro.---------- Recurso de apelación interpuesto por Maderas El Almendro, Navarro y Campos, en contra del acto de adjudicación de la Licitación por registro 02-2004 promovida por la Municipalidad de Aguirre para el alquiler de maquinaria para los caminos C6-06-009 Naranjito-Villa Nueva, recaída a favor de Transportes Jiménez y Mora S.A. por un monto de ¢ 6.987.000.00.------------------------------------ RESULTANDO I.- Que la apelante considera que existen vicios graves en la adjudicación del concurso, en la medida que se superó el margen de subcontratación regulado en la normativa aplicable, lo que en su criterio implica la exclusión e inelegibilidad de la firma adjudicataria.------------------------------------ II.- Que la presente resolución se dicta con ajuste a las prescripciones legales y reglamentarias.------ CONSIDERANDO I.- Hechos Probados: Este Despacho para la resolución del presente recurso ha tenido por probados los siguientes hechos: 1) Que la Municipalidad de Aguirre promovió la Licitación por registro 02-2004 para el alquiler de maquinaria para los caminos C6-06-009 Naranjito-Villa Nueva (folio 24 del expediente administrativo). 2) Que el acto de adjudicación recayó sobre la empresa Transportes Jiménez y Mora S.A. (folio 39 del expediente administrativo y E1 y E3 del expediente de apelación). 3) Que el monto de la oferta de Transportes Jiménez y Mora S.A. para esta licitación fue de ¢ 6.987.000.00. (folio 1 de su oferta). 4) Que la empresa Maderas El Almendro, Navarro y Campos interpuso recurso de revocatoria de este procedimiento licitatorio (folio 50 del expediente administrativo).----------------------------------------------------------------------------------------------------- II.- De la admisibilidad del recurso presentado. Procedencia del rec ...
Fecha publicación: 23/08/2004
Fecha emisión: 20/08/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


División de Fiscalización Operativa y evaluativa Área Servicios Municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area servicios municipales -2- 17 de mayo, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 9681 19 de agosto, 2004 FOE-SM-1879 Ingeniero Alex Max Contreras Serrano Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE Puntarenas Estimado señor: Asunto: Respuesta a oficio Nro O.A.M.-78-2004, sobre contratación de un profesional en ingeniería civil por honorarios y consultorías en la Municipalidad de Aguirre. En atención a su oficio Nro. O.A.M.-78-2004 del 30 de julio, mediante el cual nos solicita autorización para la contratación de un profesional en ingeniería civil por honorarios y consultorías en esa Municipalidad, se le indica que esta Oficina mediante oficio Nro. 8084 de fecha 19 de julio dio respuesta a la consulta planteada. Atentamente, Lic. Edwin Gamboa Miranda Gerente de Área HNGS/hmm ci Concejo Municipal Archivo Central Expediente: Oficios de respuesta 2004 NI: 15939 CP: 2004005291 ] ...
Fecha publicación: 22/08/2004
Fecha emisión: 19/08/2004
Documento: 09681-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


1 2 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 8 3 7 4 22 de julio, 2004 DAGJ-1778-2004 Profesora Vera López Álvarez Regidora MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE Estimada señora: Asunto: Nos abstenemos de emitir criterio sobre 9 preguntas realizadas en relación con la Licitación Pública 01-2004, esto para que se complemente información y se atienda lo dispuesto en Circular CO-529 del órgano contralor En relación con su nota del 14 de mayo pasado, recibida el 18 del mes dicho, y a través de la cual formula nueve preguntas relacionadas con la Licitación Pública 01-2004 de la Municipalidad de Aguirre, nos permitimos transcribirle lo que el Despacho del Contralor General de la República dispuso en Circular CO-529, del 26 de mayo del 2000: “A todos los organismos integrantes de la Administración Pública, se les pone en conocimiento de las disposiciones que deberán observar para la tramitación de consultas ante la Contraloría General de la República. (…) 2) La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante. 3) Toda consulta debe presentarse por escrito, debidamente firmada por el jerarca del ente u órgano consultante, con una detallada explicación sobre los aspectos que ofrecen duda y que originan la gestión. Deberá acompañarse del dictamen de la unidad especializada del órgano o ente consultante, en la materia de que se trate, salvo que se demuestre fehacientemente que no es posible cumplir con este requisito. 4) En caso de que la consulta sea de índole legal, el respectivo criterio jurídico deberá contener la normativa que se considera aplicable al caso, la doctrina y jurisprudencia relacionadas, así com ...
Fecha publicación: 26/07/2004
Fecha emisión: 23/07/2004
Documento: 08374-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area servicios municipales -2- 17 de mayo, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 8084 19 de julio, 2004 FOE-SM-1604 Ingeniero Alex Max Contreras Serrano Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE Puntarenas Estimado señor: Asunto: Atención a consulta sobre contratación de un profesional en ingeniería civil por honorarios y consultorías en la Municipalidad de Aguirre. Se atiende su oficio Nro. O.A.M.-61-2004 de fecha 30 de abril, mediante el cual nos solicita autorización para la contratación de un profesional en ingeniería civil por honorarios y consultorías en esa Municipalidad. Al respecto, le indicamos que si esa Municipalidad dispone de contenido presupuestario aprobado en las subpartidas correspondientes, deberá valorar bajo su responsabilidad, la conveniencia o no de la contratación bajo esa modalidad, de acuerdo con el marco jurídico vigente. Así las cosas y de acuerdo con lo anterior, no corresponde a este despacho emitir el criterio solicitado y se dispone el archivo de la gestión recibida; lo anterior, sin perjuicio del control posterior que le compete a este órgano contralor. Atentamente, Lic. Edwin Gamboa Miranda Gerente de Área HNGS/hmm ci Concejo Municipal Archivo Central Expediente: Oficios de respuesta 2004 NI: 13899 CP: 2004004573 ] ...
Fecha publicación: 19/07/2004
Fecha emisión: 16/07/2004
Documento: 08084-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: TRAMITE DE MANDAMIENTOS DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA SOBRE CONDENATORIA DE SUMAS LIQUIDAS CONTRA LAS ENTIDADES PUBLICAS